jueves, 25 - abril - 2024
33.6 C
Morelia
MXN - Peso mexicano
USD
16.44

INE desnuda al plan B: reduce tiempos de operación, personal, legitima propaganda no etiquetada y se contradice

Gustavo R. Gallardo / Metapolítica

Morelia, Michoacán.- En otra parte de su informe en torno a las reformas a las leyes secundarias en materia electoral (plan B) aprobadas en diciembre de 2022, el Instituto Nacional Electoral (INE) refiere que el decreto contiene dos mandatos normativos que no pueden ejecutarse al mismo tiempo, porque por un lado pide la restructuración del instituto, pero no para las elecciones en Coahuila y Estado de México de este año.

El INE subraya que el informe es un “análisis temático” sobre las posibles implicaciones de la reforma “a los ojos de la autoridad del Estado mexicano encargada de aplicar la legislación electoral”, y advierte que habrá “consecuencias indeseables” en las elecciones futuras si no se corrige.

El llamado plan B fue aprobado el 15 de diciembre de 2022 luego de que fuera rechazada la reforma electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Reformas relativas a procedimientos electorales

En este apartado, el segundo en el informe, el INE sostiene que el proyecto de decreto plantea cambios que inciden en la organización de las elecciones a tal grado de “generar afectaciones al ejercicio de la función electoral, así como al ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de la ciudadanía”.

“El proyecto retrasa tanto el inicio del Proceso Electoral Federal como la instalación de los consejos locales y distritales”, acota el instituto, y subraya que en 2024, año de elección de la Presidencia de la República, “el proyecto recorre el inicio de las precampañas de noviembre a la tercera semana de diciembre, pero no reduce su duración de 60 días ni los plazos para el registro de candidaturas”.

Particularmente lo anterior, enfatiza, implicaría que no haya espacio entre el fin de las precampañas y el registro de candidaturas para realizar las elecciones internas de los partidos ni para resolver las posibles impugnaciones, además de que complica el trabajo de los funcionarios de casilla y se comprometen los cómputos electorales “sin el personal calificado en tiempos más reducidos”.

Reformas a la equidad y las condiciones de la contienda

En este punto, el Instituto Nacional Electoral refiere que los decretos de reforma legal “incumplen, en muchos de sus aspectos, con los deberes de protección exigibles al Estado mexicano” impuestos por la Constitución Política mexicana, así como por diversos instrumentos internacionales incorporados a la legislación para generar medidas necesarias “para hacer efectivas las libertades y los derechos reconocidos”.

“Las propuestas incluidas en la reforma en materia de acciones afirmativas y paridad son inviables, pues contravienen el principio de progresividad de los derechos humanos y el deber de no regresividad”, asegura el INE sobre ese aspecto, ya que mientras obliga a las autoridades del Estado “a incrementar gradualmente la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos, por el otro, prohíbe adoptar medidas que disminuyan su nivel de protección”.

Dice además que la reforma constituye una violación al derecho de consulta previa e informada para las comunidades indígenas; además, promueve que “lo que no se etiquete como tal por los entes públicos obligados, no se considerará propaganda, aunque implique el uso de recursos públicos”, tampoco si se hace mediante manifestaciones de servidores públicos “‘en uso de su libertad de expresión’ o ‘en el ejercicio de sus funciones públicas’”.

“Esta reforma altera el concepto de propaganda gubernamental, contraviniendo el precepto constitucional que establece que toda propaganda gubernamental debe suspenderse durante las campañas electorales y hasta la conclusión de la Jornada Electoral”, enfatiza.

Disposiciones transitorias

En este punto, el INE hace notar que con el plan B “estarían conviviendo indebidamente dos sistemas o modelos de operación incompatibles”, ya que conforme al transitorio primero, “el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, pero el transitorio cuarto establece que “el decreto ‘no será aplicable en los procesos electorales del Estado de México y de Coahuila en 2023’”.

Para decirlo con más claridad: modifica la estructura del INE, pero no para tales procesos electorales de 2023.

“En sentido estricto, no es posible que puedan ejecutarse al mismo tiempo”, subraya el INE.




SIGUE LEYENDO

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Más recientes

Telegram