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Congreso de Michoacán aprueba prohibir el uso de pirotecnia en zonas urbanas y rurales

Zuhey Medina / Metapolítica

Morelia, Michoacán.- El Congreso de Michoacán aprobó regular el uso de pirotecnia, a fin de proteger a los animales en zonas urbanas y rurales, así como a personas con autismo y adultas mayores.

La iniciativa presentada por Juan Carlos Barragán, diputado morenista local con licencia, prohíbe el uso de artificios pirotécnicos que produzcan un sonido superior a los 80 decibeles en zonas urbanas y rurales.

Esto, a través de la modificación del artículo 66 con la reforma de las fracciones IX y X (de sintaxis para poder sumar una nueva fracción), y la adición de la fracción XI a la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo que señala:

“XI. El uso de artificios pirotécnicos de tipo petardo o trueno que produzca efectos sonoros superiores a los 80 decibeles dentro de las zonas urbanas y rurales que afecten a los animales no humanos”.

Las consideraciones para esta reforma son que la pirotecnia ocupa el segundo lugar en accidentes de acuerdo a datos del Centro Nacional de Comunicación y Operación (CENACOM) y de medios electrónicos por la Subdirección de Riesgos Químicos del CENAPRED.

Además, señalaron que diciembre es el mes con más accidentes por pirotecnia, por las celebraciones religiosas del 12 y las fiestas de fin de año.

Michoacán se encuentra entre las entidades con mayor número de accidentes por pirotecnia (37). El primer sitio lo ocupa Estado de México (199), seguido de Puebla (58), tercer lugar para Guanajuato (53) y Oaxaca en cuarto sitio (45). El estado también está entre los que registran mayor cantidad de muertes por su uso.

Asimismo, destacaron que los fuegos artificiales pueden emitir sonidos de hasta 190 decibelios (110 a 115 decibelios por encima del rango de 75 a 80 decibelios, donde comienza el daño para el oído humano). Los petardos generan un nivel de ruido más alto que el de los disparos (140 decibelios), y que el de algunos aviones de reacción (100 decibelios).

Antes de esta reforma, el uso de pirotecnia para fiestas era concedido por permiso de los ayuntamientos, de acuerdo a las regulaciones federales en la materia. Mientras que los permisos para la producción y venta de artículos pirotécnicos son concedidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), sin embargo, abundan aún los talleres, venta y compra irregular.

Según la información presentada en la exposición de motivos de esta reforma, en los talleres clandestinos que representan el 40.8 por ciento del total de accidentes por pirotecnia, mientras que en los talleres pirotécnicos que tienen registro ante la SEDENA, se presenta el 11.6 % de los accidentes.

Por tanto, con esta reforma a la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Michoacán, ni iglesias, ni particulares tendrían permitido el uso de pirotecnia (petardos o truenos).




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