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Las intercampañas y la incertidumbre | Por Humberto Urquiza Martínez

En pasados días, el INE emitió un acuerdo mediante el cual, fijo ciertas reglas que se deben de cumplir durante el periodo conocido como intercampañas. Una de los efectos de la reforma electoral de 2014, y de la centralización de las elecciones, es la ampliación del periodo de tiempo que existe entre el final de las precampañas 11 de febrero (para elecciones federales y locales) y el inicio de las campañas, 30 de marzo para lo federal y 14 de mayo para lo local. Entre un mes y medio y dos meses, respectivamente, es el periodo que se identifica como intercampaña, en el cual, existen ciertas reglas restrictivas, unas en la ley, otras construidas por los tribunales y las que actualmente emitió el INE.
En el primero de los casos, la ley señala que después de terminadas las precampañas en cada partido, no se pueden hacer actos de difusión ni reuniones públicas, con el objeto de lograr el apoyo a favor del precandidato. Además, la norma electoral determina que hasta las campañas, es cuando se puede llamar al voto.
En el segundo de los casos, los tribunales han interpretado que en este periodo de intercampañas, es imposible llamar al voto, ni tampoco que los candidatos puedan salir en espacios publicitarios de su partido.
En el último de los casos, el INE estableció, que además de lo antes señalado, no se pueden hacer debates entre candidatos de los diversos cargos de elección, ello en razón a que los mismos solamente se pueden presentar en campaña electoral. De igual forma, especificó que los precandidatos que cada partido postulará, podrán aparecer en medios de comunicación con entrevistas y mesas de análisis, pero en ningún caso, con más de dos candidatos –por el tema del debate-, así como llevar a cabo reuniones privadas, en todos esos casos, sin hacer referencias a la plataforma electoral, al proceso electoral, ni mucho menos a llamar al voto en su favor o en contra de alguien.
Es así, que como otra más de las características del modelo electoral producto de la reforma constitucional, en periodo entre campañas, cuando ya se calentaron los motores, varios aspirantes han dejado con meridiana claridad ciertas propuestas o posturas, las restricciones impiden que se desarrollen y se amplíen ante la ciudadanía, para lograr mayor información y que el voto sea con mayor grado de conciencia y racionalidad.
El reto de los candidatos será evitar caer en alguna de la violaciones antes señaladas, ya que de lo contrario, las sanciones son diversas entre las que se encuentra la posibilidad de anular su deseo de participar como candidato.
De igual forma, los órganos electorales deberán de estar pendientes del desenvolvimiento de los actos de cada candidato y del cumplimiento de esas restricciones. Después de la emisión de dicho acuerdo, el PRI impugnó el contenido del acuerdo, principalmente por el tema de los debates, veremos que dice el Tribunal Electoral y hasta donde las limitantes electorales en estos semanas y meses, se mantienen o si se inhabilitan, para dar paso al desarrollo de acciones como debates y algunas otras formas de aparición en medios y ante la sociedad, de los candidatos. Todo ello, emitida la resolución respectiva.
 
El Autor es Consejero Electoral en Michoacán

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