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Concejo Mayor de Cherán promueve controversia constitucional contra la Ley de Seguridad Interior

Por América Juárez Navarro
Morelia, Mich., Integrantes del Concejo Mayor de Gobierno Comunal del Municipio de Cherán, Michoacán, presentaron una controversia constitucional contra la Cámara de Diputados, de Senadores y el Poder Ejecutivo Federal, quienes promulgaron la Ley de Seguridad Interior. Esta controversia se suma a la interpuesta por el Gobierno Municipal de Morelia, Alfonso Martínez Alcázar, por este mismo concepto.
En las controversias presentadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se establece que esta acción es por considerar que la Ley de Seguridad Interior expedida mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 21 veintiuno de diciembre de 2017, violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y demás relativos y aplicables.
Dentro de los argumentos expuestos por la Concejo Mayor de Cherán se establece que esta Ley atenta a través del acto impugnado contra la eficacia de la continuidad del sistema de usos y costumbres que los rige. Se señala que aunque el tema de seguridad pública no está exento de esta obligación el municipio, debe brindarse en concordancia con el respeto máximo de los derechos humanos de los pueblos indígenas.
Además aclara que la seguridad pública es una competencia que originariamente la Constitución reserva a los Municipios, pero además en el caso de la Comunidad – Municipio Purépecha de Cherán se tiene constitucional y convencionalmente reconocida la autonomía para determinar libremente la forma como la seguridad pública es garantizada a las personas al interior de nuestra comunidad conforme a nuestros usos y costumbres y nuestro sistema normativo interno, y; el derecho a la libre determinación implica también la facultad de determinar la forma en que sus autoridades tradicionales, como es el caso de la Ronda Comunitaria, se relacionan y coordinan con las corporaciones policiacas y militares.

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