Los tribunales no tienen ni la más mínima concepción de lo que es la planeación y la presupuestación, cuando fue la propia SCJN la que estableció la necesidad de que el INE solicitara un presupuesto precautorio y ahora sostienen la tesis de que no se puede pronunciar sobre hechos futuros de incierta realización, frente a la solicitud cautelar de suspensión solicitada por el INE.
El INE necesita que los jueces hablen con seriedad, con cuentas y con competencia, para que clarifiquen cuál ley debe quedar sin efecto; lo cual de por si no sería afortunado porque se orillaría a llevar un ejercicio de revocación de mandato sin las mismas condiciones o procedimientos mediante los cuales fue electo quién tiene el mandato, además de que podría pulverizarse el derecho de la ciudadanía a la participación.
"Michoacán lleva dos censos creciendo a una tasa del 0.9%, muy por debajo de las medias nacionales; ello podría tener un impacto en que Michoacán perdiera un distrito electoral federal para pasar de 12 a 11".