Por Humberto Urquiza Martínez
Morelia, Michoacán.- Con la reforma constitucional de 2012 se incorporó el derecho humano a ser postulado como candidato independiente, demanda de diversos sectores sociales que, ante la debilidad del sistema de partidos, era necesario, para encontrar espacios de mayor legitimidad democrática de los gobiernos que ejercen el poder político a través de las instituciones públicas.
La regulación de las candidaturas independientes tenía un objetivo central, incorporar nuevas formas en las que los ciudadanos -no los políticos- pudieran ser partícipes en la representación política, lo que significa abrir los mecanismos de postulación de candidatos en los diversos cargos de elección popular, más allá de los partidos.
Con esa nueva forma de postulación política, los partidos políticos tendrían competencia real en los ciudadanos que, normalmente, no se dedican a la política y que buscan nuevas formas de hacer las cosas al momento de gobernar.
En consecuencia, la perspectiva de las candidaturas independientes era romper con el modelo de partidos como única vía para acceder al poder, terminando con el monopolio político en la postulación de candidaturas por parte de los partidos políticos, y cuyo objetivo era buscar nuevas y mejores experiencias de gobiernos.
Ante ello, la separación de los candidatos independientes y de partido era fundamental para generar nuevas formas de representación política y alternativas democráticas de gobierno, con métodos y dinámicas distintas.
Es así, que no fue casualidad el surgimiento de las candidaturas independientes ya que el contexto de falta de credibilidad social en los partidos y sus gobiernos, produjeron el interés colectivo y político de encontrar nuevas formas de refrescar la representación política. Por ello, la naturaleza de las candidaturas independientes, se sustentaban en dos pilares: la naturaleza ciudadana y social, así como por la separación absoluta de los institutos políticos. Ello motivó que uno de los requisitos para postularse como candidato independiente era no ser militante de partido o haber renunciado al mismo con un año y medio de anticipación a la elección.
De ello, entre 2015 y 2018 surgieron algunos buenos ejemplos de candidaturas independientes sin antecedentes partidistas, y otros casos de integrantes de partidos que usaron a la candidatura para satisfacer sus necesidades personales. Estos últimos casos, fueron el primer paso para debilitar la figura de las candidaturas independientes, ya que la ciudadanía seguía viendo a las mismas personas que, en otros momentos, habían sido postulados por los partidos.
Hace algunas semanas, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán terminó con la posibilidad de que las candidaturas independientes fueran exclusivas para la sociedad y ciudadanos. Ello, al resolver que el requisito para participar en las candidaturas independientes en Michoacán, relativo a no ser militante de partido o haber renunciado con un año y medio de anticipación era inconstitucional. Si bien, ya existe precedente sobre ello, lo cierto es que el derecho político de ser votado, tiene un contexto fundamental para entenderlo, lo que justificaba plenamente mantener el requisito.
Ante ello, el órgano jurisdiccional electoral dejó pasar la oportunidad de construir el derecho y concretar un activismo judicial necesario y en beneficio de la sociedad, con lo que, además, se extinguió la naturaleza ciudadana de las candidaturas, dejando a dicha figura a total y absoluta disposición de los partidos y sobre todos de los militantes que no sean “bien vistos” en sus organizaciones políticas y que tengan pretensiones de ser candidatos.